En el marco del Programa de Derechos Humanos y Memoria Histórica de que trata el artículo 144 de la Ley 1448 de 2011, la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos del CNMH trabaja en función de reunir, ordenar, clasificar y describir los documentos relativos a la violación de los derechos humanos y el DIH, con el propósito de garantizar su custodia, preservación y uso por parte de investigadores y público en general, que a su vez sirven como plataforma de apoyo, gestión, intercambio y difusión en los temas de memoria histórica, promoviendo la participación de las víctimas, con enfoque diferencial y, además como espacio de apoyo a las entidades públicas y privadas en el marco de las iniciativas ciudadanas en temas de memoria histórica.
Para ello, ha integrado un archivo con documentos de las violaciones ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, así como documentación sobre procesos similares en otros países, ha recopilado testimonios orales, escritos y de toda índole, por medio de los ejercicios investigativos realizados por la entidad, o que le han sido allegados por las organizaciones sociales de derechos humanos, con el fin de reunirlos, preservarlos y garantizar su custodia. No obstante, estos documentos se enfrentan a desafíos de interpretación, tanto a la hora de su solicitud, como sobre qué tipo de información debe ser pública y cómo resolver casos en los que se involucre información reservada o datos personales o sensibles y por ello es pertinente conocer algunas prácticas sobre cómo operar en la eventualidad en que se presenten estas situaciones, con miras a lograr una mayor protección y acceso a la información recopilada.
En vista a lo anterior, el presente documento se armoniza con la Política de seguridad y privacidad de la información del CNMH, mediante lineamientos enfocados a la seguridad de la información que deben conocer, acatar y cumplir todos los funcionarios, contratistas, personal en comisión, visitantes y terceros que presten sus servicios o tengan algún tipo de relación con el CNMH.