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Conozca el concurso Josué Giraldo

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Josué Giraldo

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Josué Giraldo

Publicado

26 Oct 2016


Conozca el concurso Josué Giraldo

El Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) y el Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, atendiendo el fallo dictado por la Sección Tercera del Consejo de Estado el 26 de junio de 2014, organizan los “Premios Josué Giraldo Cardona”. 


A partir de 2016, y por cinco años consecutivos, se realizará el Concurso para reconocer públicamente a organizaciones o personas, que por su trabajo y actividad contribuyan de forma sobresaliente a la defensa de los derechos humanos, y a estudiantes que habiendo escrito una tesis sobre la Unión Patriótica y Derechos Humanos aspiren a una beca para cursar un programa de maestría o doctorado en cualquier universidad pública del país.

Por medio de sentencia con ponencia del Dr. Danilo Rojas, se le ordenó a la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección la financiación de dos premios anuales: (i) una beca para cursar un postgrado, maestría, doctorado o postdoctorado, en la universidad pública que se escoja, premiando la mejor tesis sobre defensa de DD.HH. y el exterminio de la Unión Patriótica. (ii) premiar al grupo de trabajo, investigación u organización académica, social, que defienda y promueva la defensa de los DD.HH., en la región de los llanos orientales, con un apoyo económico de cien salarios mínimos (100 SMLV) para su fortalecimiento.

El CNMH y el Comité Cívico, organización fundada por Josué, están vinculados en la orden del Consejo de Estado como organizadores de los premios. El pago de los mismos estará a cargo de la Policía Nacional. Los galardones se entregarán durante el primer semestre de 2017.

Josué Giraldo Cardona, fue un líder de la Unión Patriótica asesinado el 13 de octubre de 1996. Ese día se encontraba jugando cerca a su hogar en Villavicencio con sus hijas cuando recibió varios disparos que acabaron con su vida. Varios meses atrás Josué había informado al Comandante de la IV División del Ejército, al Comandante de la Policía del Meta y al Director Seccional del Das -Departamento Administrativo de Seguridad- sobre las amenazas que estaba recibiendo y del peligro que corría su vida. Es por ello que la Sección Tercera del Consejo de Estado, señala que “el asesinato de Josué Giraldo Cardona es un crimen de lesa humanidad y una afrenta al ejercicio de los derechos de oposición política que degrada la confianza que las personas deben tener en las instituciones del Estado”.

En su labor como defensor de DD.HH. y militante de la UP es asesinado, como tantos antes y después de él, tratando de hacer que sus muertos contaran, apostándole a la democracia para superar la guerra, creando, desde aquél momento, paz.

El escenario es grave, peligroso y preocupante, pero ello no es impedimento para que cientos de colombianos sigan abogando por la defensa de los D.H. y lucha contra el olvido y la impunidad de los diversos episodios tan atroces que han manchado con sangre y odio el territorio colombiano.

Para mayor información escriba a: conjosuegiraldo@centrodememoriahistorica.gov.co

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Josué Giraldo


Josué Giraldo

Lanzamiento del informe “Tierras y conflictos rurales”

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Autor

CNMH

Fotografía

CNMH

Publicado

27 Oct 2016


Lanzamiento del informe “Tierras y conflictos rurales”

FECHA: 3 DE NOVIEMBRE DE 2016
HORA: 5:00 P.M. 
LUGAR: MUSEO NACIONAL DE COLOMBIA
(CARRERA 7 NO. 28-66) 


  • La adjudicación de baldíos ha tenido un enorme peso en la definición de la estructura agraria. Entre 1903 y 2012 se adjudicaron 23,7 millones de hectáreas a casi 550.000 personas. Si se suman las adjudicaciones colectivas a indígenas y afros, en ese lapso, el Estado entregó cerca de 60 millones de hectáreas, más de la mitad de la superficie nacional (114 millones de hectáreas).
  • Se sabe que 40% de los predios registrados no tienen títulos; no se sabe cuántos predios nunca fueron registrados.
  • Entre 1995 y 2012 se entregaron a 1.225 particulares predios baldíos de más de 1.000 hectáreas que sumados representan 38% del total adjudicado en esos 17 años.
  • Aunque la tasa de sindicalización de los 2,9 millones de personas ocupadas en actividades agropecuarias no llega al 3%, los investigadores registraron un total de 2.060 organizaciones de otro tipo en el campo, entre ellas 346 consejos comunitarios y 724 resguardos indígenas, y un total de 1.527 acciones de protesta rural entre 1991 y 2013, de acuerdo al CINEP 

Tierras y conflictos rurales. Historia, políticas agrarias y protagonistas, la nueva publicación del Centro Nacional de Memoria Histórica, intenta trazar una memoria de lo que ha sido el campo colombiano durante la segunda mitad del siglo XX y la primera década del siglo XXI, y hace aportes sustanciales –algunos de ellos, polémicos– a un tema ampliamente estudiado en Colombia. 

El informe analiza la evolución de la legislación, las reformas agrarias, el reparto de baldíos y la distribución de tierras en Colombia desde 1827 hasta 2012; repasa la abundante investigación académica sobre la evolución de la propiedad y los conflictos en el mundo rural; analiza los impactos del abandono y despojo de tierras; profundiza en las características, el papel y las voces de las organizaciones sociales campesinas y los gremios agrarios para pintar un vasto cuadro de la evolución de la propiedad agraria en Colombia y los impactos de la conflictividad en el campo. 

Para ello, reúne y analiza críticamente las estadísticas existentes y, sobre nuevas fuentes documentales como las series de datos 1903 – 2012 del INCODER sobre adjudicación de baldíos y las de la Superintendencia de Notariado y Registro sobre la tradición de dominio de esos predios, cuestiona o matiza hipótesis ampliamente aceptadas sobre el aumento de la concentración de la propiedad o sobre la sustitución de cultivos transitorios campesinos por cultivos permanentes agroindustriales o forestales. 

EL INFORME SE DIVIDE EN 4 PARTES: 

La primera parte examina la legislación agraria y el reparto de tierras baldías en la primera mitad del siglo XX, para ver en perspectiva histórica la configuración de la estructura de la propiedad rural y establecer el peso que en esta han tenido las políticas de tierras del Estado colombiano. También intenta dimensionar y describir de la manera más rigurosa posible los cambios observables en la distribución de la propiedad agraria y en los usos del suelo. 

La segunda parte analiza dos fenómenos relacionados con el conflicto armado: el abandono y despojo de tierras y de otros bienes pertenecientes a pobladores desplazados de sus territorios; y los cambios en los usos del suelo, a la luz de las hipótesis que relacionan estos cambios con el modelo de desarrollo y con el conflicto armado. 

La tercera parte está dedicada a las organizaciones sociales rurales y a los gremios del sector agropecuario. Analiza sus formas de acción en medio del conflicto y da cuenta de nuevas organizaciones y formas de movilización que han surgido en los últimos años gracias a un relativo mejoramiento del clima político nacional y local. Incluye también un análisis de las opiniones de sus dirigentes sobre las políticas agropecuarias, los efectos del conflicto armado en el desarrollo rural y las perspectivas de las negociaciones de paz de la Mesa de La Habana. 

Y por último, la cuarta parte plantea unas conclusiones sobre los temas analizados que intentan mostrar la utilidad de este trabajo para la formulación de los programas que se pondrían en práctica a partir el acuerdo agrario del Gobierno nacional y las FARC en torno a la realización de una reforma rural integral. 

La aspiración es que los temas analizados en este informe contribuyan no solo al debate académico sobre el pasado, el presente y el futuro del sector rural colombiano, sino que contribuyan a darle una base empírica más sólida al acuerdo entre el Gobierno nacional y las FARC-EP “Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma rural integral”, y a mejorar los sistemas de información y de conocimiento del Estado sobre el sector rural. 

En el lanzamiento se presentarán fragmentos de los registros audiovisuales y a los asistentes se les entregará el informe. 

 

A las personas inscritas se les conservará el lugar hasta las 5:00 p.m. 

 

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Carta urgente a los cristianos de Colombia

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Autor

María Paula Durán

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María Paula Durán

Publicado

28 Oct 2016


Carta urgente a los cristianos de Colombia

“Si un cristiano no cree,  no practica y no celebra el perdón,  no le queda nada más para creer, practicar o celebrar. Sin perdón no hay cristianismo”

Leonel Narváez Gómez, sacerdote católico, sociólogo. 


Una reflexión promovida por el Centro Nacional de Memoria Histórica

Para lograr la paz, Sur África se inspiró en la cultura del Ubuntu (en ti está parte de mi yo), Ruanda en el concepto de Gaçaça (o justicia restaurativa de los ancianos),  e Irlanda en la espiritualidad del Viernes Santo. En esta coyuntura difícil  de nuestra patria donde paradójicamente la búsqueda de la paz nos ha dividido, ¿cuál es la inspiración transformadora que pueda mover masivamente a todos los cristianos-as de Colombia? En este país, 94% de la población está afiliada a organizaciones inspiradas en la Fe Cristiana y a todos, de una u otra forma – por religión o por cultura- nos inspira el Evangelio de Jesús.

Desde ya, debo dejar constancia que conjuntamente con la propuesta que hago aquí abajo, deben ir implementadas tareas para que los empobrecidos de Colombia tengan acceso a la salud, la educación, la tierra, la vivienda al igual que a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de esta horrible noche de la violencia.

Todos los intérpretes están de acuerdo en afirmar que la pasión central de Jesús consistió en empoderar a las personas que venían a Él, con la inspiración poderosa del Reino de Dios, es decir, el Reino de la Misericordia. De hecho, cuando Jesús se hizo bautizar de Juan, la primera definición que dio de Jesús fue: ese es el Cordero que quita los pecados del mundo.  

Pablo resume toda la acción de Jesús afirmando que murió para el perdón de los pecados… Y de hecho, como tarea principal le dejó a sus discípulos el mandato de perdonar 70 veces 7, de perdonar lo imperdonable y… ser como Él: cordero que quita los pecados del mundo. Este es el corazón de su buena noticia. El resto poco importa. De ahí en adelante el perdón ha sido, es y será siempre, la marca de calidad de los discípulo de Jesús. Es ésta, sin lugar a dudas, la inspiración que más debe alumbrar la mente y los corazones de los colombianos en esta pascua dolorosa de la guerra a la paz.

La palabra perdón tiene dos significados profundos. El primero: don. Quien entiende el significado de ser don ha entendido el insondable sentido de la existencia humana. Ser don es el ejercicio cotidiano de la bondad, de la generosidad,  delcuidar, de la magnanimidad de corazón, es en pocas palabras, la actitud heroica que nos invita a seguir en la superación de los conflictos, Jesús,  El Crucificado. 

Este salto evolucionario es el reto más desafiante en la historia de Colombia. No darlo es quedar atrapados en el eterno retorno de la venganza, en donde no vence el don, sino la urgencia de  acumular poder.

El segundo significado lo define el adverbio de movimiento per: significa moverse hacia otra posición distinta de la rabia, del rencor, y del deseo de eliminar al otro. Es este el ejercicio evolucionario de elevarse a las cimas de la compasión y de la misericordia, virtudes que caracterizan a las personas felices y exitosas.

Para los cristianos, la pregunta no es si debemos alinearnos por el SI o el por el NO con los Acuerdos con las FARC. La gran pregunta  que nos define como cristianos, es si en esta coyuntura sabremos  vivir nuestra vocación al perdón y a la compasión sin medida y sin reservas, como lo hizo ese maestro y guía llamado Jesús.

Urge reiterarlo: perdonar no es olvidar, es recordar con otros ojos; perdonar es comprender que la justicia repara a la víctima y restaura al ofensor; perdonar no es abrazarse con el ofensor y menos, negar el dolor que se siente; perdonar es la re-significación heroica que se hace de la ofensa para superar la víctima en que esta nos convierte, y así, transformarnos en victoriosos.  El perdón no cambia nuestro pasado pero si nuestro futuro; el perdón llena de serenidad y de salud.

El perdón es un ejercicio exquisito de democracia y de reconocimiento de la dignidad del ofensor, allí donde absurdamente se negó la dignidad de la víctima: contra la irracionalidad de la violencia es necesario ofrecer la irracionalidad del perdón. El perdón es la acción política más innovadora para reconstruir el contrato social roto por la violencia; es superar la sutil y perversa influencia de los empresarios de odios, que mediante economías de rabia-odio y, aviesas estrategias de producción, distribución y consumo de la venganza, han sabido —por siglos— esclavizar el corazón y la mente de los colombianos.

Reconozco los valiosos esfuerzos por la paz que se realizan en Colombia desde las organizaciones basadas en la Fe. Sin embargo: ¿Por qué somos tan silenciosos, a la hora de anunciar sin ambages la buena noticia del perdón y denunciar todo lo que lo destruye: la rabia, el rencor, los deseos de retaliación? ¿Por qué somos vergonzantes del perdón y faltos de fe en la fuerza poderosa que conlleva?

Es el perdón, la inspiración vertebral del Evangelio de Jesús y de la fe de los cristianos, la expresión de la más refinada cultura política y ciudadana que deberá iluminar el nuevo acuerdo de paz que se avizora para el país. Perdón cultivado en el cuidado de la misericordia y la compasión, que nos permitirá gozar de paz estable. Seremos reconocidos en la historia como la nación que ejemplarizó, para el mundo, una propuesta heroica y civilizatoria de paz afianzada en el perdón.

Sin el perdón un cristiano NO es cristiano. Queda solo sal que no sala y luz que no alumbra. 

¿Por qué esta reflexión?

1. El acompañamiento espiritual que han brindado distintas comunidades de fe a las víctimas ha sido fundamental en la reconstrucción de un sentido de vida luego de ser sometidos a vejámenes, sufrimientos y humillaciones. Las comunidades de fe han brindado solidaridad y comprensión  a víctimas que se sienten desconocidas y desamparadas. La fe es un lugar de encuentro para restablecer el vínculo de amistad necesario para sentirnos parte de una comunidad. 

2. Muchas de esas comunidades de fe tienen visiones profundamente respetuosas de las tradiciones culturales de sus feligreses. Más que someterlos a formatos universales, acogen y reconocen la belleza espiritual que reside en largas tradiciones de conexión con un mundo trascendental. 

3. Sus visiones de acompañamiento se inspiran en nociones de comprensión, empatía, reconocimiento de la dignidad humana de cada uno de los feligreses. 

4. El CNMH, reconociendo ese papel, quiso abrir un espacio para que distintos líderes de esas comunidades de fe pudieran explicar cómo viven su espiritualidad y cómo entienden la paz y la reconciliación. Su voz es una comprometida con todas las víctimas del conflicto y con una mirada que acoge la vida en su enorme diversidad y pluralidad.  

Carta a los cristianos de Colombia del padre Leonel Narváez Gómez, IMC

Es filósofo, teólogo de la Universidad de San Buenaventura en Bogotá y Sociólogo con posgrados en la Universidad de Cambridge en Inglaterra, y Universidad de Harvard en Estados Unidos. Es sacerdote religioso de los Misioneros de la Consolata, comunidad fundada en Turín, Italia.

Actualmente, es el presidente de la Fundación para la Reconciliación, de la cual es el fundador. Ha extendido exitosamente las Escuelas de Perdón y Reconciliación -ES.PE.RE.- en la ciudad de Bogotá y luego en varias ciudades de 15 países de las Américas y Europa, en donde viene promoviendo el Perdón como un derecho humano y como virtud política. 

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El Carnavalito de la vida de Cazucá

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July Andrea Amado

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July Andrea Amado

Publicado

31 Oct 2016


El Carnavalito de la vida de Cazucá

Los habitantes de Cazucá, en Bogotá, realizan el “Carnavalito por el amor y la vida”, en señal de protesta a los asesinatos selectivos, que comúnmente se conocen en esta localidad como “limpieza social”. Esta iniciativa se realiza desde hace diez años.


Todo comenzó a finales de 2005 y principios de 2006 en los barrios Santa Viviana y El Caracolí, que enfrentaban un difícil episodio de violencia propiciado por circunstancias que ponían en peligro la vida de los pobladores y que aumentó el número de muertes violentas. En la mayoría de casos, estas prácticas violentas tenían y tienen relación con la mal llamada “limpieza social”, una forma de control social que se ha implementado sobre todo en los sectores urbanos, y que para inicios del  2000 tomó nueva fuerza, esta vez a manos de los grupos paramilitares. Así lo indica el reciente informe del Centro Nacional de Memoria Histórica, Limpieza social: una violencia mal nombrada. 

Los habitantes de Cazucá, junto a Fernando Cardona en nombre de la fundación Intitekoa, decidieron romper el silencio en 2006 y se manifestaron en contra de esta situación a través de una propuesta cultural y educativa, algo que planteara un ejercicio de recuperación de la memoria frente a la muerte sistemática de los jóvenes en el territorio: un Carnavalito por el amor y la vida.

En su primera versión,  salieron a marchar con camisas blancas y en silencio desde el barrio Santa Viviana hasta llegar al barrio Potosí. Durante el recorrido muchas personas decidieron unirse a esta iniciativa, tanto así, que lograron reunir a más de mil personas. “Lo hacemos con temáticas diferentes, evidenciando el trabajo de las madres comunitarias que son parte fundamental para los procesos de transformación en el territorio”, dice Fernando Cardona.

Luisa Fernanda Leal Aroque, de 27 años de edad, llegó hace 10 años a Bogotá huyendo de su pueblo, Ortega, en Tolima, donde el conflicto armado la obligó a dejar todo atrás. “Yo me cansé de tantas humillaciones”. Un día, en estado de embarazo, Luisa decidió irse del pueblo y llegar a Cazucá a la casa de una tía. Buscó trabajo en diferentes sitios, pero no lograba permanecer en ninguno, “me pasaron muchas cosas feas”, dice Luisa Fernanda.

Aunque el gobierno le otorgó un subsidio por su condición de desplazamiento, estas ayudas solo le alcanzaron para mantenerse durante algunos meses: “me sentía sola, desesperada y no entendía cómo funcionaban las cosas en esta ciudad”, comenta Luisa.

A pesar de todo, ella decidió quedarse en Bogotá. “Asisto a este Carnavalito desde hace cuatro años porque me gusta que mis hijos participen de estas actividades y compartan con más niños, además porque hacen que las familias también hagamos parte de ello”. 

Luisa decidió perdonar, como ella misma lo dice. Dedica la mayor parte del tiempo a educar sus hijos con amor, y aún conserva esa esperanza de volver a su tierra parar cultivarla, como lo hacía en épocas más prósperas.

Como ella, hay cientos de historias en Cazucá relacionadas con el conflicto armado, allí se encuentra el mayor número de desplazados: 17.000 personas según datos de la ACNUR, todos ellos con dinámicas diferentes.

Iniciativas como esta hacen que Ciudad Bolívar se manifieste de manera asertiva ante las diferentes dinámicas de conflicto generando construcción de paz. Además de ello dejan en la memoria colectiva de sus habitantes la reconstrucción del tejido social como forma de integración a la comunidad.

Para Fernando Cardona, de Intitekoa, se debe apostar en conjunto con otras organizaciones sociales en “desarmar los odios, saber que existen muchos y variados mundos y no por ello debemos aborrecer, ignorar o eliminar”. Agregó que se debe trabajar de la mano con las familias para que dejen de repetir sus discursos de odio, siendo estas las estructuras más fuertes a desarraigar en la juventud. “No perder la esperanza, afianzar y generar conciencia de temas tan difíciles para la sociedad”.   

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Cazucá


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Lanzamiento de “Granada. Memorias de guerra, resistencia y reconstrucción”

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Autor

CNMH

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CNMH

Publicado

02 Nov 2016


Lanzamiento de “Granada. Memorias de guerra, resistencia y reconstrucción”

• Según el Observatorio Nacional de Memoria y Conflicto del CNMH, a 14 de marzo de 2016 se habían registrado 460 personas víctimas de asesinato selectivo, 2.992 de desaparición forzada, 59 asesinadas en 10 masacres, 98 víctimas de secuestro y 50 de violencia sexual (fecha de corte de 14 de marzo de 2016).

• Según el Registro Único de Víctimas (RUV), a junio de 2016 se registraron 33.719 denuncias de personas por desplazamiento forzado. 

• Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, quedaron huérfanos, al menos, 128 niñas y niños. 


Granada (Antioquia) es un municipio emblemático de la guerra y de la paz. Desde mediados de los años ochenta fue escenario de una cruenta disputa por el control de un territorio estratégico para la expansión militar, de la puja por la humanización del conflicto armado y la realización de diálogos de paz regional; y del despliegue militar que acompañó la política de Seguridad Democrática. 

La confluencia de la guerrilla, los paramilitares y el Ejército Nacional, y la disputa abierta por el control del territorio, dio lugar a lo que la poblacion describe como “la guerra total” o la “guerra de verdad” en el periodo entre 1997 y 2005. Fue así como Granada se convirtió en escenario de una intensa confrontación armada en la que se emplearon estrategias bélicas como combates, ataques, tomas, emboscadas y bombardeos. Sin embargo, fueron los asesinatos selectivos, el desplazamiento, las desapariciones y el confinamiento los que generaron, no solo un escalamiento de la guerra, sino una verdadera crisis humanitaria en esta localidad. 

Así mismo, la propagación y uso del estigma de Granada como “santuario guerrillero” tuvo un enorme peso en las dinámicas de la guerra y en los daños causados a la población y al territorio. La población de Granada fue perseguida, controlada y humillada por el solo hecho de ser de allí. Las acciones bélicas hicieron que se perdieran propiedades, fincas, cosechas, animales. El empobrecimiento de la población es evidente. El asesinato o amenaza de líderes y organizaciones, sumados al despoblamiento, generaron desactivación de muchas organizaciones pero, sobre todo, un enorme miedo a la participación y al liderazgo. 

En la Cuenca de Santa Ana, lugar de asiento de la guerrilla y eje de la disputa, la población bajó de aproximadamente de 3.000 a 320 personas; el casco urbano del corregimiento llegó a estar habitado por tan solo nueve personas. 

Pero al lado de la magnitud de la guerra, el municipio de Granada también sobresale por la respuesta de la sociedad y de las víctimas. El tejido organizativo fue el que evitó que el municipio no fuera totalmente devastado. Sobre la desesperanza de un pueblo en ruinas y una población que cada día se veía diezmada, la población civil echó mano de la fuerza de los argumentos y de la identidad colectiva y, con el firme propósito de hacer de Granada un “Territorio de paz”, desarrolló un repertorio de acciones colectivas e individuales que les permitió sobrevivir, resistir y reconstruir sobre las ruinas dejadas por la confrontación armada. 

En un contexto en el que en el país se pone en primer plano de la agenda nacional la urgencia de una salida política negociada al conflicto armado, la necesidad de avanzar en caminos de paz y reconciliación, y de reivindicar la memoria como un recurso para la verdad, el reconocimiento y la reparación, mirar hacia Granda es profundamente aleccionador. El horizonte que hoy se vislumbra en el país con la realización de los diálogos para la terminación del conflicto armado a través de la negociación configura un escenario en el que procesos locales de reparación integral ofrecen enormes aprendizajes sobre el sentido y los retos de la paz desde los territorios. Granada ha sido y puede ser un verdadero laboratorio de paz. 

Esperamos que este informe, construido desde los relatos y las memorias de la población, sea una contribución a la comprensión de lo sucedido en Granada y sirva para la visibilización de los profundos impactos dejados por el conflicto armado. Se espera que sea una oportunidad para reconocer y celebrar la fuerza y la fe profunda de la sociedad granadina en las bondades del trabajo colectivo, en la solidaridad y en el valor de la vida, además de su persistencia en la búsqueda de la paz desde el territorio. 

AGENDA:

GRANADA
Marcha de la luz y proyección de video 
Salida: Atrio del templo parroquial hasta el parque de la Vida
Fecha: 4 de noviembre de 2016
Hora: 7:00 p.m. 

Lanzamiento del informe
Fecha: 5 de noviembre de 2016
Hora: 10:00 a.m. 
Lugar: Institución Educativa Jorge Alberto Gómez Gómez

CORREGIMIENTO DE SANTA ANA
Lanzamiento del informe
Fecha: 5 de noviembre de 2016
Hora: 4:00 p.m. 
Lugar: Plaza principal 

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La expresión paramilitar de la génesis del conflicto colombiano

Noticia

Autor

Ayda Martínez

Fotografía

Ayda Martínez

Publicado

02 Nov 2016


La expresión paramilitar de la génesis del conflicto colombiano

La Dirección de Acuerdos de la Verdad del Centro Nacional de Memoria Histórica socializó en la Cátedra de Estudios en Territorio, Conflicto y Cultura de la Universidad del Tolima avances del informe sobre el Bloque Tolima que se lanzará en 2017


El origen del Bloque Tolima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) se ubica a finales de los 90, pero sus raíces se extienden hasta la época de La Violencia en una línea que une casi seis décadas de conflicto armado en Colombia.

Se trata de parte de los hallazgos de la investigación que sobre el Bloque Tolima realiza la Dirección de Acuerdos de la Verdad del Centro Nacional de Memoria Histórica como parte de la implementación del Mecanismo No Judicial de Contribución a la Verdad que recoge los relatos de las personas desmovilizadas, cobijadas por la Ley 1424 de 2010, y que firmaron Acuerdos de la Verdad para contribuir al esclarecimiento del paramilitarismo en Colombia.

Parte de los hallazgos fueron presentados en el marco de la Tercera Cátedra de Estudios en Territorio, Conflicto y Cultura, convocado por la Universidad del Tolima por parte del equipo investigador a cargo de esta estructura del paramilitarismo.

De acuerdo con la intervención “Experiencias metodológicas asociadas al Mecanismo No Judicial de Contribución a la Verdad”,  la circularidad del conflicto en este departamento tiene origen en los clanes familiares que se conformaron a partir de las guerrillas liberales de donde surgen “Los Comunes”, inicios de las FARC y “Los Limpios”, primer vestigio de los grupos precursores del Bloque Tolima. Desde entonces se han repetido una serie de disputas entre la guerrilla y los grupos armados descendientes de Los Limpios en el territorio del sur del Tolima.

Una de sus características es el carácter contrainsurgente derivado del decreto 3398 de 1965 y la ley 48 de 1968 por el cual se organiza la Defensa Nacional  y abrió la puerta para la conformación de grupos civiles armados por el Ejército, como fue el caso de los campesinos que participaron en las guerrillas liberales; embrión de lo que conoceríamos más adelante como Defensa Civil en los setenta, Rojo Atá; en los ochenta, Convivir en los noventa y finalmente Bloque Tolima a partir de 1998.

Uno de los factores que más llamó la atención de los asistentes al Auditorio Mayor de la Música de la Universidad del Tolima fue el tránsito permanente de estos grupos de la legalidad a la ilegalidad, a través de normatividades como el Decreto 356 de 1994 que crea el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada y la Resolución 368 del 27 de abril de 1995.

“Del Rojo Atá, a la conformación de las Convivir se registra el salto a las AUC. Diferentes relatos de personas que pertenecieron a las Convivir dan cuenta de que estas cooperativas de vigilancia y seguridad privada se convirtieron en la forma en la cual pervivieron los grupos que venían de vieja data”, explicó Anascas del Río, la coordinadora de la investigación.

Es en este momento de finales de los 90, sin el blindaje de la figura de las Convivir y en medio de fuertes ataques de las FARC que “se conforma el Bloque Tolima como resultado de una fusión de los grupos precursores con la Casa Castaño, bajo el liderazgo de Carlos Castaño, que tenía un alto interés por comandar y articularse con estos grupos porque los consideraba la autodefensa netamente campesina más antigua de Colombia, por lo cual decidió hacerse cargo de la dirección personalizada de ese grupo”, agregó.

Los investigadores explicaron que de acuerdo con hallazgos del Mecanismo No Judicial de Contribución a la Verdad la expansión territorial del Bloque Tolima implicó una alta afectación sobre la población en materia de violaciones a los derechos humanos, que va desde el homicidio selectivo, la desaparición forzada, la limpieza social, el desplazamiento forzado y el despojo de tierras. Esto sin contar hechos que han sido silenciados como la violencia sexual, la tortura, el secuestro y las masacres.

El Centro Nacional de Memoria Histórica tiene previsto hacer el lanzamiento de este informe en el primer trimestre del 2017, el cual dará cuenta de parte de los resultados de la implementación del Mecanismo No Judicial de Contribución a la Verdad

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Primer Plano: Danza, Memoria y Paz

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Autor

CNMH

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CNMH

Publicado

04 Nov 2016


Primer Plano: Danza, Memoria y Paz

Con el diálogo Danza, memoria y paz se cierra el ciclo de conversaciones de Primer Plano, proyecto del Museo Nacional de la Memoria. El evento se realizará en dentro del IX Festival Danza en la Ciudad, el próximo 8 de Noviembre a las 5:00 p.m. en la Sinagoga del Teatro Nacional (Cra 20 # 37 – 54).


La danza en Colombia ha sido un lenguaje de creación para expresar y exponer todo aquello que a veces no puede ser mencionado con palabras. Ha representado territorios, comunidades y acontecimientos. Sus historias han narrado la resistencia, la dignidad y la memoria histórica del conflicto armado colombiano.

Esta realidad será el punto de partida del cuarto y último diálogo de Primer Plano, Danza, Memoria y Paz. El evento contará con la participación de, Raúl Parra, docente e investigador en historia y teoría de la danza, José Luis Tahua, bailarín e investigador en Danza y Teorías del Cuerpo, Cuca Taburelli, bailarina, coreógrafa y maestra de danza, y Ana Carolina Ávila, bailarina, docente e investigadora.

Con este diálogo se cierra la programación de Primer Plano 2016, proyecto del Museo Nacional de la Memoria que profundizó desde distintas lenguajes: música, fotografía, literatura y danza la relación entre el arte, memoria histórica del conflicto armado en Colombia y los procesos de construcción de paz.

Conductor: Santiago Rivas
Fecha: 8 de noviembre de 2016
Lugar: Cra 20 # 37 – 54
Sinagoga de la casa del Teatro Nacional
Hora: 5:00 P.M.

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Memoria, Paz

El día en que la censura le metió dos goles al Palacio de Justicia

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Autor

Isabel Valdés

Fotografía

Isabel Valdés

Publicado

09 Nov 2016


El día en que la censura le metió dos goles al Palacio de Justicia

El miércoles 6 de noviembre de 1985 el Palacio de Justicia, en Bogotá, ardía en llamas. Tras el ataque y toma de la guerrilla del M-19, prosiguieron los bombardeos con rockets del Ejército, los disparos desde tanques de guerra. Un gran número de soldados combatían al grupo insurgente, que respondía de igual manera con el armamento que habían preparado para su objetivo.


En Colombia lo más común es ocultar o exagerar lo horrores de la guerra a través de los medios de comunicación. Por una imposición, en este caso el fútbol le ganó la batalla al holocausto del Palacio. El pueblo expectante en sus televisores, por saber qué pasaba en el recinto de las Altas Cortes, tuvo que ver —por orden de la Ministra de Comunicaciones en esa época, Noemí Sanín— cómo Millonarios le metía dos goles a Unión Magdalena, al mismo tiempo que a menos de 10 kilómetros eran asesinados y calcinados decenas de personas: entre magistrados, abogados, empleados administrativos, soldados y guerrilleros.

Aprovechando la escasa vigilancia del Palacio de Justicia, el 6 de noviembre, entre las 10:30 y las 11:00 de la mañana ingresaron siete guerrilleros armados, vestidos de civil,  pertenecientes al M-19. Según la periodista Julia Navarrete, en entrevista a la Comisión de la Verdad, “el ingreso de los guerrilleros con armas fue posible porque, aunque frente al descubrimiento del plan pusieron detectores de armas, ´uno o dos días antes quitaron las máquinas´, lo que llamó mucho la atención de los periodistas que diariamente asistían al Palacio”. No había seguridad, el ingreso del primer grupo de guerrilleros se dio sin ningún contratiempo.

Después, alrededor de las 11:30 a.m., ingresaron tres carros por el sótano con 28 guerrilleros. De manera que el “Comando Iván Marino Ospina” del M-19, que ingresó al Palacio de Justicia para realizar la denominada “Operación Antonio Nariño por los Derechos del Hombre”, quedó finalmente conformado por 35 guerrilleros (25 hombres y 10 mujeres).

“Nadie podía imaginar que 28 horas después el Palacio de Justicia sería arrasado como resultado de una de las acciones más demenciales que el país ha presenciado, resultado de la violenta incursión armada de la guerrilla y la desproporcionada respuesta del Estado: el uso de armamentos y explosivos de todo tipo, el inexplicable vacío de poder del gobierno, los incendios que destruyeron la edificación y el saldo trágico de cerca de un centenar de personas que perdieron la vida entre civiles, miembros de la fuerza pública y guerrilleros y al menos 11 cuyo paradero aún se desconoce”, dice el Informe de la Comisión de la Verdad del Palacio de Justicia de 2010.

El 20 de octubre de 2015 la Fiscalía General y Medicina legal dieron a conocer que los restos de Cristina del Pilar Guarín, Luz Mary Portela y Lucy Amparo Oviedo Bonilla fueron identificados en Bogotá, mujeres que desaparecieron ese fatídico 6 de noviembre. Los restos Lucy Amparo Oviedo y Cristina Guarín ya fueron entregados a sus familiares. Los de Luz Mery Portela fueron entregados en un acto conmemorativo el pasado 8 de noviembre en el reconstruido Palacio de Justicia.

Durante todo el día de la toma, los medios de comunicación transmitieron parte de lo que observaban desde la Plaza de Bolívar, y las conversaciones que lograban entablar con los rehenes dentro del Palacio. Es el caso de la conversación telefónica que sostuvo Yamid Amat con el presidente de la Corte Suprema, Alfonso Reyes Echandía, que se encontraba en el último piso del Palacio como rehén de Luis Otero Cifuentes, líder de la operación por parte del M-19. Así se registraron las angustiantes palabras del Presidente de la Corte Suprema de Justicia: 

¡Por favor, que nos ayuden, que cese el fuego!

La situación es dramática, estamos rodeados aquí de personal del M-19. ¡Por favor, que cese el fuego inmediatamente! Divulgue ante la opinión pública, esto es urgente, es de vida o muerte. ¿Sí me oyen? […]

Por favor que el Presidente dé finalmente la orden del cese al fuego […]. Estamos en un trance de muerte. Ustedes tienen que ayudarnos. Tienen que pedirle al gobierno que cese el fuego. Rogarle para que el Ejército y la Policía se detengan… Ellos no entienden. Nos apuntan con sus armas. Yo les ruego detengan el fuego porque están dispuestos a todo… 

Según el Informe de la Comisión de la Verdad del Palacio de Justicia otros periodistas también se comunicaron con el magistrado Reyes Echandía, “después de lo cual la Ministra de Comunicaciones llamó a Yamid Amat, a Juan Gossaín y a Juan Guillermo Ríos y les dijo que si seguían pasando estas entrevistas o noticias del Palacio, se cerrarían todos los noticieros”. 

El informe también explica que “después de deliberar ampliamente sobre la conveniencia o inconveniencia de establecer censura a la radio y la televisión, la Ministra de Comunicaciones se comunicó por teléfono y télex con los responsables de las cadenas y emisoras radiales, y de los noticieros de televisión, y les hizo presentes las prohibiciones legales de transmitir noticias relacionadas con los operativos militares, y les notificó que no podían transmitir los comunicados de los subversivos como lo habían pedido ellos en su manifiesto ni podían tampoco transmitir al público entrevistas desde el interior del Palacio de Justicia, pues dentro de él estaban los delincuentes que inducirían la violación del orden jurídico, y muchos inocentes que no eran libres para manifestar la plenitud de su pensamiento”. El télex respectivo fue el siguiente:

El ministerio de Comunicaciones prohíbe terminantemente la transmisión de entrevistas y llamadas a Magistrados puesto que ello dificulta cualquier operación tendiente a salvaguardar la vida de las personas que todavía se encuentran en el palacio de justicia, atentamente, Noemí Sanín Posada – Ministra de Comunicaciones.

Periodistas como Yamid Amat consideraron esto como una implacable imposición de censura. “La censura tuvo como efecto la muerte de la Corte. […]. Los medios de comunicación eran en ese momento los ojos abiertos, y les colocaron una venda. Eran la única luz de información que tenía el gobierno; cuando vino la censura, no sabían qué estaba pasando”, concluyó Yamid Amat en entrevista a la Comisión de la Verdad.

A raíz de esta orden, en uno de los canales de televisión que había de la época, el feroz combate del M-19 con el Ejército dejó de verse, no se sabía de los rehenes y por varios minutos lo colombianos vieron, sin que eso estuviera en la programación, que en el estadio Nemesio Camacho el Campin de Bogotá, a 10 kilómetros del Palacio, Juan Carlos Díaz y Juan Gilberto Funes le hacían dos goles al Unión Magdalena, y al holocausto del Palacio de Justicia por la censura del gobierno.

31 años de incertidumbre 

Durante la toma y retoma del Palacio, hace 31 años, fueron desaparecidas 12 personas. A pesar de que existen videos que muestra claramente que varios de ellos fueron evacuados con vida del recinto, por parte del Ejército, su paradero nunca fue revelado. Sus familiares aún esperan el esclarecimiento de los hechos; esperan verdad y justicia.

Para este aniversario del holocausto se recordó a los desaparecidos con urnas en las que sus familiares depositaron objetos que les pertenecían: fotografías y poemas dedicados, y 11 sillas rodeadas por fotografías, velas y flores en representación de la ausencia de sus seres queridos. 

“Este día y muchos de los días de dolor que tiene Colombia es importante recordarlos porque no podemos permitir que vuelvan a pasar estas cosas. Recordar es pasar por el corazón, entonces cada año y siempre pasamos a nuestros familiares por el corazón”, explicó Pilar Navarrete, esposa de Héctor Jaime Buitrago, uno de los desaparecidos en la toma del Palacio. 

Publicado en Noticias CNMH


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La luz de esperanza que alumbra en Argelia

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Autor

Adriana Correa

Fotografía

Adriana Correa

Publicado

11 Nov 2016


La luz de esperanza que alumbra en Argelia

Desde la ciudad de Medellín hasta el municipio de Argelia, oriente de Antioquia, hay un trayecto de seis horas en automóvil. Un recorrido que te narra, entre montañas, las más deplorables acciones de muerte y, muchas veces, de violencia a raíz de la guerra que ha vivido la región. En contraste, también te muestra los diferentes colores de resistencia y esperanza que los sobrevivientes de la guerra han dibujado en sus veredas.


En Argelia, en la vereda Mesones, el Frente 47 de las Farc desplazó a más de 60 personas en mayo de 2003, quemó sus viviendas y los amenazó de muerte. Hecho que se repitió y esparció por diferentes zonas del municipio. Otro caso fue el de la vereda El Oro, a las cuatro de la mañana del 26 de febrero de 2004, miembros de este mismo Frente de las Farc, ingresaron a una vivienda y amarraron a sus ocupantes para luego fusilarlos. Seis personas murieron y otra sufrió heridas en su rostro.

A raíz de todo esto, en 2006, miembros de la comunidad en conjunto con el CINEP/Programa por la Paz, (CINEP/PPP) tuvieron la idea de hacer las “Jornadas de la luz”, en memoria de todos los afectados por el conflicto. “Para que esa luz ilumine a todos nuestros familiares donde sea que se encuentren”, dice Ercilia Gómez, líder de Argelia. Una iniciativa que surgió como espacio para reivindicar los derechos vulnerados por la violencia en la región del oriente antioqueño.  

La propuesta inicial consistía en que después de la misa de las 6 p.m., el primer viernes de cada mes, los participantes caminaban en silencio con velas alrededor del parque principal del pueblo. Esto se realizó con regularidad durante varios años, aunque en los últimos tiempos estas jornadas de la luz son menos frecuentes a razón de diferentes motivos. “Queremos volver a retomar la constancia de hacerlo cada mes”, dice Ercilia.

“Allí, en un círculo y con la luz que emanan las velas, hablan sobre el sentido de recordar a aquellos seres queridos perdidos en los años de la guerra reciente”, dice Edinso Culma, investigador del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) quien acompañó, el 4 de noviembre, la pasada jornada de la luz en Argelia. El CNMH de igual manera apoyó la creación del blog “Caminos de Esperanza” que hace parte del cumplimiento de la institución a las medidas de satisfacción alrededor de memoria histórica con la comunidad. 

Aparte de las jornadas de la luz, se desarrollan diferentes estrategias que contribuyen, según Edinso Culma, a la reconstrucción social de la comunidad: trochas por la vida y murales de la memoria, para llevar un mensaje de reconciliación en todo el territorio. A pesar de que Argelia ya no vive los rigores de la guerra, “es importante resaltar el escenario de reconstrucción social frente a la apatía de la gente por hablar los temas del conflicto armado. Acá hay una luz de esperanza que alumbra con fuerza para que la violencia no vuelva a renacer en ninguno de los rincones del municipio y del oriente antioqueño”, concluye Edinso Culma.

Publicado en Noticias CNMH


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Los cambios en el Acuerdo de Paz

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Autor

César Romero

Fotografía

César Romero

Publicado

15 Nov 2016


Los cambios en el Acuerdo de Paz

Luego del plebiscito del pasado 2 de octubre, el gobierno Nacional sostuvo una serie de intensas reuniones con representantes del NO, para oír sus observaciones y preocupaciones sobre el Acuerdo Final. A la vez, el Gobierno se reunió con diferentes sectores de la sociedad que apoyaron el SI, incluyendo a las víctimas, a las comunidades indígenas y afro descendientes, a las iglesias, a los empresarios y a muchos más. Las FARC por su parte, recibieron numerosas delegaciones en La Habana.


Como consecuencia de esas reuniones, las delegaciones del Gobierno y las FARC acordaron una serie de importantes y numerosos cambios, ajustes y precisiones al texto del Acuerdo, y en consecuencia firmaron un nuevo Acuerdo.

Las siguientes notas pretenden aclarar estos cambios. No son exhaustivas, ni sustituyen de ninguna manera el texto del nuevo Acuerdo, que debe ser consultado.

El Gobierno Nacional tiene la convicción de que estos cambios, ajustes y precisiones fortalecen significativamente el Acuerdo y dan garantías a todos, sin detrimento de las reformas y transformaciones que habían sido previamente acordadas y que son el propósito de este proceso y la base de una paz estable y duradera.

Punto 1: Desarrollo Agrario Integral

  1. Sostenibilidad de la RRI: Dada la envergadura de los compromisos, se extendió el plazo de la Reforma Rural Integral ‐que pretende reducir la pobreza rural en un 50%‐ de 10 a 15 años, en el que se tendrá que ir avanzando de manera progresiva, atendiendo al principio de sostenibilidad fiscal y estableciendo en todo caso que se hagan los máximos esfuerzos de cumplimiento en los próximos 5 años.
  2. Fuentes del Fondo de Tierras: Se aclaró que las figuras de expropiación administrativa por motivos de interés social y utilidad pública y de la extinción administrativa del derecho de dominio por inexplotación se aplicarán de conformidad con la Constitución Política y la ley vigente. El Acuerdo no reforma estas figuras.
  3. Derecho a la propiedad privada: El Acuerdo reafirma que nada de lo pactado afecta el derecho constitucional a la propiedad privada. Se trata por el contrario de proteger los derechos de propiedad de todos, en particular de los pequeños agricultores, y así evitar nuevos conflictos sobre la tierra.
  4. Víctimas como beneficiarios prioritarios: Se incluyen a las víctimas como beneficiarios prioritarios del Fondo de Tierras y de la Reforma Rural Integral en general. Para garantizar la transparencia en la selección de estos beneficiarios, habrá un registro único de beneficiarios a cargo de la institución competente, que será quien tome la decisión sobre los beneficiarios de acuerdo con un procedimiento expresamente definido por ley, con los correspondientes requisitos y criterios.
  5. Regularización de los derechos de propiedad: Se acordó una misión de 3 expertos nombrados por el Gobierno para hacer, entre otros, propuestas sobre cómo regularizar los derechos de propiedad de los propietarios, ocupantes y poseedores de buena fe, siempre que no haya despojo o mala fe. Las propuestas de ajustes normativos deberán ser discutidas con los sectores interesados a fin de buscar el consenso más amplio posible antes de su discusión en el Congreso.
  6. Modelo de desarrollo rural: Se acordó un principio que aclara que el desarrollo integral del campo depende de un adecuado balance entre la agricultura familiar y la o la agricultura comercial de escala; y que igualmente depende de la competitividad y de la promoción de la inversión en el campo con visión empresarial y fines productivos. Se trata de promover a la vez encadenamientos de la pequeña producción rural con otros modelos, en condiciones de equidad, y apoyar y proteger la agricultura familiar y campesina.
  7. Zonas de Reserva Campesina: Se precisó que los procesos de constitución de ZRC se harán por parte de la autoridad competente de conformidad con la normatividad vigente. Es decir, las autoridades mantienen su discrecionalidad en la toma de decisiones sobre la creación de nuevas zonas.
  8. Catastro: Se aclaró que el avalúo catastral se hará por parte de la autoridad competente de conformidad con la ley. El Acuerdo no modifica los criterios y procedimientos de ley para realizar el avalúo catastral. En todo caso el levantamiento de un nuevo catastro supone evidentemente un nuevo avalúo catastral.
  9. Instancia de Alto Nivel: Se precisó que la instancia de Alto Nivel que se acordó para contribuir a resolver conflictos de uso del suelo es una instancia del Gobierno que establece unos lineamientos de uso del suelo a manera de planeación indicativa y no limita las competencias de las autoridades locales.
  10. Participación en la RRI: Se reitera la importancia de la participación y el involucramiento de los ciudadanos en las decisiones que los afectan. Se añade que en ningún momento la participación ciudadana busca limitar las competencias de las autoridades locales. Se trata de que las comunidades se involucren en la priorización, ejecución y seguimiento de los proyectos y se fortalezca la confianza en las instituciones.

Punto 2: Participación Política

  1. Estatuto de Oposición: Se añade que el desarrollo en una comisión de un Estatuto de Oposición se dará en cumplimiento de la obligación constitucional consagrada en el artículo 112.
  2. Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz: Se promoverá el fortalecimiento de las organizaciones de víctimas para que puedan participar en las Circunscripciones Transitorias. Se excluye de la participación en estas Circunscripciones al partido que surja del tránsito de las FARC a la actividad política legal, puesto que tendrá representación en el Congreso. Y se promoverán mecanismos de control y veeduría de las elecciones en estas circunscripciones por parte de organizaciones como la Misión de Observación Electoral, y de los partidos y movimientos políticos.
  3. Garantías para la movilización y la protesta pacífica: Se precisa que se trata de garantías para la protesta pacífica. Se añade que la protesta pacífica debe ser tratada con pleno respeto a los derechos humanos, sin perjuicio del ejercicio de la autoridad legítima del Estado; y que a la vez se deben garantizar los derechos de los demás ciudadanos. Son garantías para todos.
  4. Medidas para promover el acceso al sistema político: Con el fin de evitar la proliferación indiscriminada de partidos, se exigirá un determinado número de afiliados para el reconocimiento de la personería jurídica. Se añade que en el sistema de adquisición progresiva de derechos para partidos y movimientos políticos, solo quienes superen el umbral del Senado tendrán los derechos actualmente existentes para financiación, acceso a medios y a inscripción de candidatos (avales). Se promueve así el pluralismo y se evita “la operación avispa”.
  5. Sobre la reforma del régimen y de la organización electoral: Se acordó que la misión de expertos, que serán seleccionados por el mecanismo acordado que ya está en marcha, adelantará un amplio y efectivo proceso de participación con todos los partidos, movimientos y agrupaciones políticas para obtener el más amplio consenso posible en la producción del informe de recomendaciones para la reforma del sistema electoral. Sobre la base de esas recomendaciones, el gobierno Nacional hará los ajustes normativos e institucionales que sean necesarios.

Punto 3: Fin del conflicto

  1. Sobre reincorporación política: Se redujo la financiación que se había acordado para el partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC a la legalidad del 10% del Fondo de partidos al promedio que reciben los partidos políticos con personería jurídica, para hacerla más equitativa. Y se redujo el apoyo para la divulgación y difusión de la plataforma política y para el Centro de Pensamiento de ese partido de una suma equivalente al 10% del fondo de partidos al 7%, por cuatro años.
  2. Sobre la institucionalidad para la reincorporación: Se incorporó de manera explícita en el texto del Acuerdo que la implementación de las medidas para la reincorporación de las FARC a la vida civil se hará a partir de la institucionalidad existente para estos propósitos, sin afectar la oferta institucional prevista para la reparación integral de las víctimas. La cooperativa ECOMÜN se articulará con estas instituciones.
  3. Sobre casos excepcionales en materia de salud: Como una medida humanitaria, el Gobierno establecerá un sistema especial con la cooperación nacional e internacional, en el marco del CNR para que, excepcionalmente, se traten casos de enfermedades graves y para la rehabilitación de lesiones de quienes ingresan al proceso de reincorporación, sin perjuicio de otras medidas en materia de salud.
  4. Sobre las condiciones para mantener los beneficios para la reincorporación: Se acordó que el acceso a las medidas de reincorporación supone el cumplimiento de los compromisos de los miembros de las FARC con el Acuerdo y sus metas.
  5. Sobre las milicias de las FARC: Se aclaró explícitamente en el acápite sobre “Acreditación y Tránsito a la Legalidad” que los listados que las FARC entreguen de sus miembros deben incluir a las milicias, sin perjuicio de las verificaciones correspondientes que estarán a cargo del Gobierno. En cualquier caso, las FARC deben entregar al Gobierno un listado con la totalidad de sus miembros, como estaba acordado.
  6. Sobre las obligaciones de los ex comandantes: Se acordó que los ex comandantes guerrilleros tendrán la obligación de contribuir activamente a garantizar el éxito del proceso de reincorporación de las FARC‐EP a la vida civil de forma integral.
  7. Sobre la Comisión de Garantías de Seguridad: Se acordó que el nuevo partido político de las FARC no será miembro de la Comisión, como estableció el anterior Acuerdo, puesto que la Comisión no se ocupa de los avances en su seguridad, sino del diseño de políticas para combatir a las organizaciones criminales. En todo caso la Comisión podrá invitar cuando lo considere a representantes de los partidos y movimientos políticos y a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
  8. Sobre la Unidad Especial de Investigación para el desmantelamiento de organizaciones criminales: Se acordó, entre otros, que la Unidad funcionará en estrecha coordinación con las demás unidades de la Fiscalía General de la Nación (de la que es parte), que su director ejercerá durante un período de 4 años (y no de 6) y que será nombrado por el Fiscal General de una terna que presentará el Comité de Selección de la JEP. Sus investigaciones se harán de acuerdo con los tipos penales existentes.
  9. Sobre el Cuerpo de Seguridad y Protección: Se acordó que se deberá verificar la idoneidad sicológica de las personas de las FARC en proceso de reincorporación que harán parte del Cuerpo de Seguridad y Protección que se encargará de la protección de los directivos del nuevo partido de las FARC; y deberán contar con la debida capacitación. El Cuerpo de Seguridad dependerá de una Subdirección de la Unidad Nacional de Protección.
  10. Sobre medidas inmateriales de protección: Se precisó que el concepto de medidas inmateriales de protección hace referencia a aquellas medidas que tienen como propósito la protección a través de la prevención y la no estigmatización.

Punto 4: Solución al Problema de las Drogas Ilícitas

  1. Sobre el enfoque de la política de lucha contra las drogas: Se aclaró que el tratamiento distinto y diferenciado al fenómeno del consumo, al problema de los cultivos de uso ilícito, y a la criminalidad organizada asociada al narcotráfico se dará en el marco de un enfoque integral y equilibrado en la lucha contra el problema mundial de la droga.
  2. Sobre medidas efectivas para la erradicación de los cultivos: Se deja claro que de no ser posible la sustitución voluntaria, el Gobierno no renuncia a la erradicación forzosa, incluyendo la aspersión.
  3. Sobre el alcance de las medidas de sustitución: las medidas de sustitución deben beneficiar a toda la comunidad que habitan en los territorios afectados por cultivos de uso ilícito y no solo a los cultivadores.
  4. Sobre el tratamiento penal diferencial para cultivadores: La posibilidad de no ser perseguido penalmente por cultivar se reduce de dos a un año y queda condicionada su aplicación a la no resiembra.
  5. Sobre la formalización de la propiedad de cultivadores: Se añadió que el acceso al título de propiedad, en el caso de cultivadores de cultivos de uso ilícito, está condicionado a que el predio está libre de cultivos de uso ilícito y a la no resiembra.

Punto 5. Víctimas – Jurisdicción Especial para la Paz

  1. Sobre los bienes de las FARC y la reparación de sus víctimas: Las FARC entregarán un inventario de todos sus bienes y activos a representantes del Gobierno Nacional y darán información sobre los mismos. Las FARC procederán a la reparación material de las víctimas con estos bienes y activos, en el marco de las medidas de reparación integral.
  2. Sobre el proceso especial de búsqueda de personas dadas por desaparecidas: En tanto entre en funcionamiento la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, se acordó poner en marcha un proceso especial de recolección de información entre el Gobierno Nacional, las FARC y las organizaciones de víctimas, incluyendo entre otras a la Mesa de Desaparición Forzada de la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos, FEVCOL, PAÍS LIBRE, ASFADDES, ECIAF, Fundación Víctimas Visibles, MOVICE, Fundación Nydia Erika Bautista y con la coordinación permanente del CICR, con el fin de continuar de manera más ágil la búsqueda y la recopilación de información de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto, sobre las cuales no se tenga información sobre su paradero. El Gobierno Nacional y las FARC reiteran su compromiso de continuar aportando al CICR la información de la que dispongan y de facilitar la ejecución de estas medidas humanitarias.

Jurisdicción Especial para la Paz: Duración

Sobre los tiempos de la JEP: Se establecieron tiempos para la JEP: 2 años (prorrogables hasta por 1 año más para un máximo de 3 años) para la presentación de informes ante la Sala de reconocimiento; 10 años para presentar resoluciones de la Sala y la Unidad de Acusación e Investigación antes el Tribunal (es decir, para acusar); y 5 años adicionales para concluir toda la actividad de la JEP, con la posibilidad de una prórroga de ser necesario.

Jurisdicción Especial para la Paz: Legislación aplicable

Sobre la legislación penal aplicable y el principio de favorabilidad: Se acordó que la JEP se basará en el Código Penal colombiano, que será complementado con las normas de Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario o Derecho Internacional Penal. Se incluyó expresamente la aplicación del principio de favorabilidad en todas las actuaciones de la JEP.

Sobre las normas procesales aplicables: Se incluyeron los principios que deben regir las normas procesales de la JEP, tales como el debido proceso, el principio de imparcialidad, la debida publicidad, la doble instancia, el principio de contradicción en la valoración de la prueba y la defensa, precisando que se trata de un sistema adversarial. Si bien los magistrados elaborarán las normas procesales, estas deberán tramitarse en el Congreso para incorporarse en el ordenamiento jurídico.

Jurisdicción Especial para la Paz: Valoración de los informes de organizaciones no gubernamentales:

Sobre los informes de organizaciones no gubernamentales: Se aclaró que los informes que envíen a la JEP organizaciones de víctimas y de derechos humanos no constituyen acusaciones; son insumos para la Sala de Reconocimiento y Verdad y deberán surtir el proceso de valoración y contrastación contemplado en el literal h del numeral 48 de las JAP.

Jurisdicción Especial para la Paz: Articulación con la rama judicial

  1. Sobre los conflictos de competencia de la JEP con otras jurisdicciones: Para precisar la articulación de la JEP con otras jurisdicciones, se acordó que los conflictos de competencia entre cualquier jurisdicción y la JEP se resolverán en una sala incidental conformada por 3 magistrados del Consejo Superior de la Judicatura y 3 magistrados de la JEP. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple, y en caso de empate, lo resolverá el Presidente de la JEP.
  2. Sobre la revisión de sentencias de la justicia ordinaria: Se acordaron las causales para que proceda por parte de la JEP la revisión de casos y sentencias de la jurisdicción ordinaria por conductas cometidas en razón del conflicto, a petición del condenado: por variación de la calificación jurídica, por aparición de nuevos hechos que no pudieron ser tenidos en cuenta con anterioridad, o cuando surjan pruebas no conocidas o sobrevinientes no conocidas al tiempo de la condena. La revisión de las sentencias por parte de la JEP no tendrá nunca como consecuencia la exigencia de responsabilidad a los jueces que las hubieran proferido. La Corte Suprema de Justicia revisará sus propias sentencias, salvo en el caso de quienes hubieran sido condenados teniendo en cuenta la definición de combatiente según el DIH.
  3. Sobre la acción de tutela: La acción de tutela contra las acciones u omisiones de la JEP procederá cuando la afectación del derecho fundamental sea consecuencia directa de sus fallos. La petición deberá ser presentada ante el Tribunal. La primera instancia será decidida por la Sección de Revisión. La segunda por la Sección de Apelaciones. El fallo de tutela podrá ser revisado por la Corte Constitucional de conformidad con las siguientes reglas: la decisión será adoptada por una sala conformada por dos magistrados de la Corte Constitucional escogidos por sorteo y dos magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz. El fallo será seleccionado si los cuatro magistrados votan en favor de la selección. Las sentencias de revisión serán proferidas por la Sala Plena de la Corte Constitucional. La sentencia será remitida al Tribunal para la Paz para que adopte la decisión que corresponda, respetando el derecho amparado.
  4. Sobre la Colaboración con la Fiscalía General de la Nación: La Unidad de Investigación y Acusación de la JEP podrá solicitar la colaboración que entienda necesaria a la Fiscalía General de la Nación, así como establecer acuerdos de cooperación con ésta.
  5. Sobre la relación de la JEP con el Consejo de Estado: El Consejo de Estado mantiene sus competencias en materia de reparación.
  6. Sobre la nacionalidad de los magistrados: Todos los magistrados de la JEP deberán ser colombianos, de acuerdo con los requisitos establecidos para ser magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado de Colombia en el caso de los magistrados. No habrá magistrados extranjeros. La participación de extranjeros se limita a la figura de amicus curiae –es decir, opiniones que aportan terceros ajenos a un proceso sobre algún punto de derecho– y sólo en caso de que lo solicite la persona sometida a la JEP.
  7. Sobre el régimen disciplinario y penal de los magistrados de la JEP: Los magistrados estarán sometidos al régimen disciplinario previsto en las leyes colombianas para jueces y magistrados. La adopción, aplicación y verificación de las medidas disciplinarias será realizada por una comisión integrada por un magistrado de cada sala y cada Sección del Tribunal. Los magistrados estarán sometidos al régimen penal previsto por las leyes colombianas para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Jurisdicción Especial para la Paz: Conexidad

  1. Sobre la conexidad del delito político con conductas relacionadas con los cultivos de uso ilícito y con financiación: Para decidir sobre la conexidad con el delito político de conductas delictivas relacionadas con cultivos de uso ilícito, se tendrán en cuenta los criterios manifestados por la jurisprudencia de las Cortes.
  2. Se entenderá como conducta dirigida a financiar la rebelión todas aquellas conductas ilícitas de las que no se haya derivado enriquecimiento personal de los rebeldes, ni sean consideradas crimen de lesa humanidad, grave crimen de guerra o genocidio. La Sala de Amnistía e Indulto determinará la conexidad con el delito político caso a caso.
  3. Sobre el compromiso de proveer información sobre cultivos ilícitos y narcotráfico: En el Punto 4 se estableció que todas las personas que hayan tenido relación con conductas asociadas a cualquier eslabón de la cadena de los cultivos de uso ilícito y sus derivados, en el marco del conflicto, y que comparezcan ante la JEP, se comprometen a aportar ante la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP, los elementos necesarios de los que tengan conocimiento de una manera exhaustiva y detallada sobre las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión, así como las informaciones necesarias y suficientes de las que tengan conocimiento para atribuir responsabilidades.

Jurisdicción Especial para la Paz: participación de las víctimas

Sobre participación de las víctimas en las audiencias de la JEP: Se añade a los otros espacios de participación de las víctimas, la posibilidad de que la Sección Primera del Tribunal acuerde que el juicio contradictorio se efectúe en Audiencia Pública en presencia de las organizaciones de víctimas.

Jurisdicción Especial para la Paz: Agentes del Estado y Terceros Civiles

  1. Sobre Agentes del Estado y presunción de legalidad: Se precisó que es agente del Estado toda persona que al momento de la comisión de la presunta conducta criminal estuviere ejerciendo funciones legislativas, ejecutivas, judiciales o administrativas tanto a nivel central como departamental y municipal. El Acuerdo no limita el concepto de agentes del Estado a los miembros de la Fuerza Pública, quienes en todo caso, como afirma el Acuerdo, actúan en el marco de una presunción de legalidad.
  2. Sobre la competencia de la JEP frente a terceros civiles: Se acordó que la JEP tiene jurisdicción no sólo sobre las conductas de financiación o colaboración de terceros civiles con grupos paramilitares, sino con cualquier otro actor del conflicto, cuando estas conductas no sean resultado de coacciones, respecto de aquellas personas que tuvieron una participación activa o determinante en la comisión de crímenes no amnistiables.

Por otra parte, con el fin de resolver la situación jurídica de terceros civiles que no hayan tenido una participación activa o determinante en estos crímenes y de contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas, se abrió la posibilidad de que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas defina la situación jurídica de aquellos terceros que se presenten voluntariamente a la jurisdicción en los 3 años siguientes de su puesta en marcha y que tengan procesos o condenas por delitos que son competencia de la JEP. Una vez verificada la situación jurídica, la Sala adoptará las resoluciones necesarias, entre otras la renuncia a la acción penal u otro tipo de terminación anticipada al proceso, siempre que contribuyan de manera eficaz a las medidas del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, en particular la contribución al esclarecimiento de la verdad en el marco del Sistema. La resolución que defina la situación jurídica hará tránsito a cosa juzgada.

Jurisdicción Especial para la Paz: Sanciones y Verificación

  1. Sobre las sanciones propias del Sistema: Se añadieron los criterios que los magistrados deben aplicar para las sanciones propias de la JEP (sin alterar las sanciones alternativas y las sanciones ordinarias, que implican penas privativas, es decir cárcel). Incluyen, entre otros, fijar de forma concreta los espacios territoriales donde se ubicarán los sancionados para cumplir las sanciones propias, que tendrán un tamaño máximo equivalente al de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización; fijar los horarios de cumplimento de las sanciones restaurativas; y determinar el lugar de residencia de la persona que ejecutará la sanción acordada, durante el período de su ejecución.
  2. Sobre la verificación y el monitoreo de las sanciones y la autorización de desplazamientos: El mecanismo internacional de verificación del cumplimiento de las sanciones será un componente de la Misión Política de verificación de las Naciones Unidas, en coordinación con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia. Los desplazamientos de los sancionados para realizar actividades acordes con el cumplimiento de la sanción serán monitoreados por el mecanismo, el cual también otorgará las autorizaciones para los desplazamientos que no estén relacionados con el cumplimiento de la sanción.
  3. Sobre el tiempo en las Zonas Veredales: El periodo de permanencia en las ZVTN será considerado como tiempo de cumplimiento de la sanción, siempre que durante ese tiempo hubieran realizado trabajos u obras, o actividades con contenido reparador. Los trabajos u obras o actividades con contenido reparador que se realicen después por personas a disposición de la JEP, también serán consideradas como tiempo de cumplimiento, siempre y cuando dichos trabajos, obras o actividades se realicen en una ubicación territorial perfectamente definida y verificable.

Punto 6: Implementación

Principios de la Implementación:

  1. Integración territorial e inclusión social: las medidas que se adopten en la del Acuerdo deben promover la integración de los territorios al interior de las regiones y la integración de éstas en el país, así como la inclusión de las diferentes poblaciones y comunidades, en particular de las más afectadas por el conflicto y las que han vivido en condiciones de pobreza y marginalidad.
  2. Fortalecimiento y articulación institucional: para construir una paz estable y duradera y en general para garantizar la protección de los derechos de todos los ciudadanos en democracia, se requiere fortalecer la presencia institucional del Estado en el territorio. Las políticas públicas que se adopten deberán promover el fortalecimiento institucional y asegurar que la respuesta del Estado en el territorio sea amplia y eficaz, con la participación activa de las autoridades regionales y locales en los procesos de toma de decisión y en el seguimiento a la implementación del Acuerdo Final en sus territorios.
  3. Enfoque de derechos: La implementación de todos los punto del Acuerdo debe contribuir a la protección y la garantía del goce efectivo de los derechos de todos. Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por igual, lo que significa que les pertenecen por el hecho de serlo. En consecuencia, el Estado tiene el deber de promover y proteger todos los derechos y las libertades fundamentales, sin discriminación alguna.
  4. Enfoque de género: En el Acuerdo el enfoque de género significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno, especialmente de las mujeres, independientemente de su estado civil, ciclo vital y relación familiar y comunitaria, como sujeto de derechos y de especial protección constitucional. Implica en particular la necesidad de garantizar medidas afirmativas para promover esa igualdad, la participación activa de las mujeres y sus organizaciones en la construcción de la paz y el reconocimiento de la victimización de la mujer por causa del conflicto. En todo el texto del Acuerdo se han hecho las revisiones pertinentes en el texto del Acuerdo para asegurar que corresponda a este principio.
  5. Respeto a libertad de cultos: Implica el reconocimiento y respeto a la práctica de cualquier manifestación de religiosidad, culto, creencia, confesión sin discriminación o estigmatización alguna. En la implementación del Acuerdo Final se promoverá la participación activa de las las iglesias, confesiones religiosas, organizaciones basadas en la fe y las organizaciones del sector religioso en la construcción de la Paz. Así mismo, se buscará tomar las medidas necesarias para restablecer, en igualdad de condiciones, los derechos de aquellas personas y grupos victimizados por sus creencias religiosas con ocasión y en razón del conflicto armado. En el texto del Acuerdo se hacen las modificaciones correspondientes para garantizar este principio.
  6. Respeto a la igualdad y no discriminación: Se respetará la igualdad y la igualdad de oportunidades para todos y todas en el acceso a los diferentes planes y programas contemplados en el Acuerdo, sin discriminación alguna. Ningún contenido del Acuerdo Final se entenderá e interpretará como la negación, restricción o menoscabo de los derechos de las personas independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, por su pertenencia a la población LGBTI, o por cualquier otra razón.
  7. Profundización de la democracia y “construir sobre lo construido”: La implementación de los planes y programas acordados debe tener en cuenta las iniciativas y procesos de desarrollo y reconocer los esfuerzos de la sociedad en la construcción de paz en los territorios para “construir sobre lo construido” y profundizar la democracia, erradicando la corrupción, la falta de transparencia, el clientelismo y cualquier otra actuación que degrade los demás principios. La implementación de lo acordado se liderará y ejecutará aprovechando al máximo la institucionalidad existente y reconociendo las competencias de los diferentes niveles de gobierno.
  8. Eficacia, eficiencia e idoneidad: Para lo cual se optimizarán tiempos y recursos asociados a la implementación mediante mecanismos especiales y de gestión pública eficiente, reducción de trámites y la simplificación de instancias, procesos e instrumentos. Se garantizará que los servidores públicos responsables del Gobierno Nacional en la implementación de los planes y programas sean idóneos y cumplan con las calidades técnicas y meritocráticas pertinentes.
  9. Priorización: La implementación del Acuerdo es un proceso continuo y urgente que parte de la definición de los planes y programas que se requieren de manera más inmediata, de acuerdo con un cronograma de implementación que tenga en cuenta las prioridades sociales definidas en el Acuerdo, las capacidades institucionales y los recursos disponibles.
  10. Transparencia, control social y lucha contra la corrupción: Con información clara, accesible y oportuna sobre las decisiones desde la asignación hasta la ejecución final de los recursos (trazabilidad), que permita su seguimiento de manera sencilla, y mecanismos de rendición de cuentas, difusión de la información, control de la ciudadanía y de los órganos de control y en general lucha contra la corrupción.
  11. Principios democráticos: En la interpretación e implementación del Acuerdo y de las normas que lo incorporen al ordenamiento jurídico se respetará el carácter unitario del Estado Social de Derecho, el pluralismo político, las libertades individuales, la división de poderes, las competencias de las ramas del poder público, la integridad territorial, la libertad económica, el derecho a la propiedad privada de todos los ciudadanos y la primacía de los derechos inalienables de la persona, así como los diferentes esfuerzos y procesos organizativos de la sociedad, en particular de las comunidades campesinas, indígenas y afrocolombianas, negras, palanqueras y raizales.

Sostenibilidad de las finanzas públicas:

  1. Sostenibilidad de las finanzas públicas y priorización; se debe respetar la normatividad vigente en materia presupuestal, garantizando la obligación constitucional de preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas. Lo anterior además en consonancia con un principio de priorización y de realismo en la implementación, para lo cual se establecerá un plan con un cronograma de prioridades, sus fuentes de recursos y las instituciones responsables, que tenga en cuenta de manera gradual pero sostenible, las prioridades sociales definidas en el Acuerdo, las capacidades institucionales y los recursos disponibles.
  2. Recursos de regalías: serán una fuente más de cofinanciación y se respetarán los procedimientos vigentes en el trámite de los proyectos territoriales cofinanciados con regalías.

Comisión de Seguimiento

Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación de la Implementación: Se aclaró que la Comisión no es una comisión de implementación conjunta con las FARC, sino una comisión de seguimiento, impulso y verificación a la implementación. Se ajustaron sus funciones para que no se entienda que limita las competencias del Gobierno Nacional y de otros órganos del Estado.

Mecanismo de Verificación Internacional:

Mecanismo de verificación internacional: se eliminó el grupo de países –Cuba, Noruega, Venezuela y Chile– de la verificación internacional. Esta función estará a cargo exclusivamente de dos notables, con el apoyo de una nueva Secretaría Técnica, que tendrá acceso a la información de todas las organizaciones que contribuyen al acompañamiento internacional.

Pedagogía y Difusión:

  1. Emisoras para la convivencia y la reconciliación: En lugar de 31 emisoras otorgadas a ECOMÚN, se establecerán 20 emisoras de interés público clase “C” en las zonas más afectadas por el conflicto que serán asignadas a Radio Televisión Nacional de Colombia ‐ RTVC, con el objetivo de hacer pedagogía de los contenidos del Acuerdo e informar sobre los avances de la implementación del mismo. El comité conjunto de comunicaciones definirá los contenidos.
  2. Posteriormente, RTVC administrará estas emisoras por cuatro años más, en los que la programación se asignará bajo los principios que rigen la radio de interés público, así: un tercio para las organizaciones de víctimas en esos territorios, un tercio para ECOMÚN y un tercio para organizaciones comunitarias de esos territorios, con el fin de promover la convivencia, la reconciliación y la construcción de la paz. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –MINTIC podrá prorrogar las licencias de interés público hasta por cuatro años más.
  3. Espacio en televisión institucional: con el fin de promover la convivencia, la reconciliación y la construcción de la paz, el Comité de Comunicaciones Conjunto en coordinación con RTVC y la Autoridad Nacional de Televisión ‐ ANTV, contará durante dos años en el Canal Institucional con un espacio de hora y media semanal para hacer pedagogía de los acuerdos e informar sobre los avances de la implementación.

Artículo transitorio constitucional:

  1. Artículo transitorio constitucional: El nuevo Acuerdo no contempla la inclusión del Acuerdo al bloque de constitucionalidad, ni la inclusión del acuerdo en la Constitución. Se acordó el trámite de un artículo transitorio constitucional que tendrá vigencia durante tres períodos presidenciales para asegurar que los contenidos del Acuerdo que correspondan a normas de DIH o a derechos fundamentales sean parámetro de interpretación solo de las normas y las leyes de implementación del Acuerdo Final. Igualmente, se establece la obligación de todas las autoridades públicas de cumplir de buena fe lo establecido en el Acuerdo, asegurando que sus actuaciones guarden coherencia con lo acordado.
  2. Acuerdo Especial: El Acuerdo Final será firmado y depositado como Acuerdo Especial, en concordancia con la opinión del CICR sobre acuerdos de paz, únicamente para efectos de las obligaciones internacionales que tiene el Estado colombiano en el marco del DIH, y no para introducir el Acuerdo al ordenamiento jurídico colombiano.

Publicado en Noticias CNMH



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