La memoria y la justicia suelen ser percibidas en diferentes contextos y tradiciones intelectuales de forma antagónica. En los estados totalitarios, la politización judicial, que de hecho tiene lugar, se presta para asociar el aparato judicial a la condición de un simple agente de victimización, más que de protección de derechos. En ese tipo de regímenes, la memoria se proyecta como un lugar de denuncia y resistencia, donde se hacen visibles las impunidades y las responsabilidades criminales y políticas involucradas. La justicia como otro lugar de la opresión, y la memoria como sustituto de la justicia extraviada, resumen de esa contraposición.
En la otra orilla del espectro de tensiones entre la justicia y la memoria, y en un contexto de diferente naturaleza al mencionado anteriormente, la memoria puede constituirse en un grave impedimento para el despliegue de la justicia. La memoria justiciera que enarbola como lema el ojo por ojo, diente por diente, se contrapone a un accionar ponderado de la justicia, en el cual las responsabilidades y las penas se establecen dentro de una lógica de protección de los derechos de toda la ciudadanía, incluidos los de quienes han sido sus violadores. Mientras la memoria en este caso reclama venganza como rasero de acción punitiva, la justicia defiende derechos.
Ahora bien, estos dos diferentes tipos de antagonismo distan de ser una fatalidad, si bien nos alertan sobre los peligros de la simplificación de la comprensión de las relaciones entre justicia y memoria, como dos opuestos sin más.
En Colombia, las dinámicas que han seguido justicia y memoria no han estado exentas de conflicto. Es sabido que la impunidad en nuestro país, ha sido a menudo no solo una demostración de incapacidad del sistema judicial para enfrentar los elevados niveles de criminalidad y de violencia, sino que la impunidad ha operado muchas veces como parte de un engranaje delictivo de gran envergadura. Con todo, de manera progresiva y en el marco de la creación de una nueva institucionalidad, desde la Ley de Víctimas, y ahora en el marco del proceso de paz adelantado por el gobierno nacional, se ha venido generando una aproximación productiva entre los dos escenarios de esclarecimiento, que hay que celebrar.
En el desarrollo concreto de estas relaciones la documentación judicial, por un lado, se ha convertido en un insumo y en un objeto de análisis importante para la reconstrucción de la memoria histórica, como lo ilustran los informes sobre justicia y paz realizados por el propio CNMH y que hacen parte del acumulado que hoy ponemos a disposición de la JEP.
Por otro lado, los informes de memoria histórica se han convertido a su vez en soporte importante de la acción judicial. De hecho, el CNMH ha producido una serie de informes como parte de medidas de reparación, a solicitud de fiscales, entre otros, Recordar para Reparar, sobre las masacres de Matal de flor Amarillo y de Corocito en Arauca; y La Justicia Que Demanda Memoria, las víctimas del Bloque Calima en el suroccidente colombiano. A esto se suma la incorporación en los fallos judiciales en el plano nacional, y en instancias internacionales como la CIDH, de los contenidos de los informes sobre las masacres de Trujillo, Segovia, la Rochela, el Salado, el Placer etc.
En el escenario de la justicia transicional, en el que se inscribe la JEP, la comprensión de la violencia del conflicto armado dentro de lógicas judiciales como crímenes de sistema, macrocriminalidad, máximos responsables, permite redimensionar el trabajo de esclarecimiento realizado desde Memoria Histórica. En consecuencia, la apuesta que hacemos pública hoy, es la de una invitación al trabajo complementario entre la justicia y la memoria, entre la JEP y el CNMH, sin que ninguno de los dos campos o instancias pierda su sello diferencial.
Ese es el propósito que nos alienta al hacer entrega a la JEP de los informes de acceso público, realizados por Memoria Histórica a lo largo de los últimos diez años, en torno al esclarecimiento de las lógicas del conflicto armado, como un aporte significativo a la inmensa tarea que afronta la Jurisdicción Especial para la Paz. Confiamos en que el análisis de los actores armados, de las diferentes modalidades de victimización, el esclarecimiento y la comprensión de los contextos, las dinámicas territoriales, y el establecimiento de los daños, aspectos todos ellos abordados por el CNMH en sus diferentes informes, habrán de constituirse en insumo para la construcción de la verdad judicial, que tantas expectativas genera no solo en las víctimas, sus principales destinatarias, sino en la sociedad en general.
Ahora bien, no obstante estas líneas de colaboración, es importante reconocer y construir las diferencias entre la verdad judicial y la memoria histórica, sus propósitos específicos y los tipos de relaciones, particularmente con las víctimas. La verdad histórica y la verdad judicial siguen distintas lógicas y sentidos, se asientan en diferentes metodologías y escenarios, y tienen diferentes protagonistas. La memoria, más que a individualizar, apunta abiertamente a desentrañar responsabilidades estructurales, tramas sociales y políticas, con un sentido que no se restringe a la determinación de los victimarios y de las culpabilidades.
Asimismo, el valor dado al testimonio y las modalidades del mismo en una y otra instancia son de diversa naturaleza y alcance, y es fundamental que así se mantengan. La voz de la víctima en el escenario de la memoria histórica excede el rol de simple fuente de información, y la aproximación entre esta y el CNMH se realiza de forma voluntaria exclusivamente. Por ello, aunque la memoria puede aportar a la verdad judicial, la judicialización de la memoria no deja de ser un riesgo, que hay que contemplar.
Mientras que la justicia es y seguirá siendo una atribución estatal, la memoria no dejará de ser esencialmente una construcción social. El lugar de producción y de legitimación de uno y otro campo son irreductibles, y su diferenciación es requerida en aras de preservar la pluralidad como elemento esencial de la democracia.
Desde luego hay muchos pendientes. Pero Colombia ha avanzado mucho en uno y otro campo: el de la justicia y el de la memoria. Fortalecer y potenciar esos acumulados en tiempos de posconflicto turbulento es una tarea de todos, como Estado y como sociedad.
Señora Presidenta de la JEP, Magistrada Patricia Linares; Magistrada Julieta Lemaitre, Presidenta de la Sala de Reconocimiento: Señores y señoras magistrados y magistradas: en nombre del Centro Nacional de Memoria Histórica les hacemos entrega solemne hoy de nuestro acumulado, materializado en los 80 informes a la vista. Muchas gracias.
Mayo 17 de 2018